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Firma de la escritura ante notario: qué pasa en esos 90 minutos

La firma de la escritura es el momento en que la propiedad cambia de manos. 60 a 120 minutos de lectura, identificación, pago y firma. Esto es lo que de verdad pasa, y las siete cosas que conviene comprobar en la notaría antes de firmar.

· · 9 min

The interior of a small European notary's office in late-afternoon sunlight, a polished dark-wood desk with an open document folder, brass embossing seal, fountain pen and a small set of house keys on the corner, two empty leather chairs facing the desk, walls of cream-spined legal books on dark shelving, and a tall window letting in a warm shaft of light across the parquet floor.

Ante el notario se lee la escritura íntegra en voz alta, se identifican las partes, se confirma la transferencia del precio, se firman las hojas y la propiedad pasa al comprador — todo en 60 a 120 minutos. El notario te pregunta directamente si firmas libremente y entiendes los términos; es un requisito legal, no una formalidad (Consejo General del Notariado). Si hay hipoteca, el apoderado del banco firma a continuación. Saldrás de la notaría con la copia simple y, si la vivienda está libre y el vendedor presente, con las llaves. La mayoría de compradores entran sin haber leído el borrador. Ahí están los errores caros.

Lo esencial:

  • El notario lee la escritura entera en voz alta. No es opcional ni se puede saltar. Si una cláusula no encaja con el contrato de arras o no la entiendes, ése es el momento de parar.
  • El precio se paga por transferencia bancaria trazable. Nunca en efectivo. La transferencia debe estar disponible y demostrable el día de la firma — no acreditada con captura de pantalla.
  • Las llaves cambian de mano en la firma, salvo pacto de demora. Comprueba que la cláusula libre de cargas y ocupantes aparezca en la escritura.
  • El ITP o el AJD se pagan en 30 días naturales desde la escritura (Agencia Tributaria, ITP). La plusvalía municipal, también — los plazos varían entre municipios pero rondan los 30 días.
  • El registro definitivo tarda semanas. El notario manda la copia electrónica al Registro de la Propiedad el mismo día, pero la inscripción definitiva tarda entre 15 días y 2 meses. Eres propietario desde la firma.

Lo que de verdad se firma

La cita en la notaría es la bisagra legal de toda la operación. Hasta ese momento tienes una obligación vinculante de comprar (las arras), pero no eres dueño de nada. Tras firmar la escritura — y cuando los fondos estén confirmados — la propiedad cambia de manos y eres propietario, aunque el Registro tarde semanas en actualizar.

El notario es un funcionario público con autoridad delegada del Estado para autorizar la escritura. Lo paga el comprador en casi todos los casos, pero es legalmente neutral: representa al documento, no a ninguna de las partes. Si hay hipoteca, el banco envía a su apoderado para firmar la escritura de préstamo en el mismo acto.

¿Cuánto dura la firma de la escritura ante notario?

La firma de la escritura ante notario suele durar entre 60 y 90 minutos para una compraventa estándar — más cerca de 90 si hay hipoteca y el apoderado del banco interviene. La lectura íntegra (5-10 páginas en una operación corriente) ocupa la mayor parte del tiempo; las preguntas finales y la firma propia ocupan los últimos 15-20 minutos.

Reserva media mañana o media tarde. Llega 15 minutos antes. La agenda del notario lleva otras escrituras encadenadas y un retraso del banco arrastra al resto de la jornada.

La secuencia de los 90 minutos

El orden es estable en cualquier notaría española:

  1. Identificación (5-10 min). El notario verifica DNI o pasaporte de comprador y vendedor, NIE si alguno es extranjero, y poderes notariales si se actúa por representación. Si compráis dos personas, ambos DNI; si estáis casados en gananciales, libro de familia o certificado equivalente.
  2. Confirmación de fondos (5 min). Comprobante de la transferencia bancaria por el resto del precio (lo no entregado en arras). Si hay hipoteca, el apoderado del banco entrega los cheques bancarios o confirma la transferencia.
  3. Lectura íntegra de la escritura (30-50 min). El notario lee la escritura de compraventa en voz alta. Si hay hipoteca, a continuación lee la escritura de préstamo hipotecario, que suele ser más larga. Aquí se levantan objeciones. Cualquier discrepancia con las arras, cualquier cláusula que no entiendas, se aclara antes de firmar.
  4. Preguntas finales (5-10 min). El notario pregunta directamente: ¿firma libremente?, ¿entiende los términos?, ¿tiene alguna duda? Es un trámite ritualizado pero obligatorio. La respuesta queda recogida en la escritura.
  5. Firma (5-10 min). Comprador y vendedor (y apoderado del banco si procede) firman cada hoja o ponen una rúbrica al final. El notario firma y sella. La escritura se convierte en escritura pública — documento público con plena fuerza probatoria.
  6. Llaves y copia (5 min). El vendedor entrega las llaves. Tú recibes una copia simple de la escritura — no es la inscripción registral, pero ya prueba la propiedad. La copia auténtica para el Registro la prepara el notario.

¿Qué documentos hay que llevar a la firma?

Lleva el DNI o pasaporte, el NIE si eres extranjero, justificante de la transferencia del precio, la oferta vinculante de la hipoteca (si la hay), y cualquier documento que el contrato de arras te exigiera aportar. Una pieza menos = retraso para todos.

Lista mínima:

  • Identificación: DNI o pasaporte en vigor de todos los firmantes. NIE para no residentes (se solicita semanas antes en una comisaría o consulado).
  • Régimen económico matrimonial: si compráis dos cónyuges, libro de familia o certificado de matrimonio. Si estáis en separación de bienes y compráis sólo a nombre de uno, capitulaciones matrimoniales inscritas.
  • Justificación de fondos y origen: extracto bancario de la transferencia y, si parte del dinero viene de un familiar, carta de donación firmada — la prevención de blanqueo (PBC) lo exige.
  • Oferta vinculante de la hipoteca: documento firmado por ti y el banco. El notario verifica que las cifras coincidan con la escritura de préstamo.
  • Documentación del vendedor: certificado energético (CEE) en vigor, certificado de la comunidad de propietarios al corriente de pago, último recibo del IBI, cédula de habitabilidad si la comunidad autónoma la exige. Hablamos del CEE en detalle en la guía del certificado energético al comprar casa.

¿Quién paga al notario y cuánto?

Salvo pacto contractual diferente — o regulación autonómica específica — los gastos de notaría los paga el comprador en España. El arancel está regulado por el Real Decreto 1426/1989 y es proporcional al valor escriturado, con un mínimo de unos 600 € y un máximo en torno al 0,5% del precio en operaciones medianas.

Los gastos de notaría son sólo una parte de los gastos de cierre. La factura final del día incluye:

Concepto Quién paga Coste orientativo
Notario (escritura compraventa) Comprador 0,1-0,5% del precio
Notario (escritura hipoteca) Banco (Ley 5/2019) (incluido)
Registro de la Propiedad Comprador 0,1-0,25%
ITP (segunda mano) Comprador 4-10% según CC. AA.
AJD (obra nueva, IVA) Comprador 0,5-1,5%
IVA (obra nueva) Comprador 10%
Gestoría Comprador 200-400 €
Plusvalía municipal Vendedor (legalmente) Variable

Una vivienda de segunda mano de 250.000 € en Madrid: ITP al 6% = 15.000 €, notaría 800 €, Registro 400 €, gestoría 300 €. El total real ronda el 8% del precio. Lo cubrimos con detalle en el coste real de comprar casa.

Las siete cosas que conviene comprobar en la notaría

Suelen ser las mismas en cualquier operación:

  1. El precio y su desglose. Cuadrar cada cifra contra el contrato de arras: arras entregadas, resto a pagar, asignación entre suelo y vuelo si la hubiera.
  2. Las cargas que se cancelan. La hipoteca anterior del vendedor debe cancelarse en la misma escritura — si no, hay que exigir el certificado de cancelación económica del banco que la concedió.
  3. Lo que se incluye y lo que no. Cocina amueblada, armarios empotrados, plaza de garaje, trastero, lavavajillas. Si está en las arras, debe estar en la escritura.
  4. La referencia catastral. 20 caracteres alfanuméricos. Fáciles de teclear mal, difíciles de corregir después. Compara con la nota simple.
  5. Servidumbres y elementos comunes. Servidumbre de paso, medianería, deudas pendientes de la comunidad. Deben coincidir con el certificado de la comunidad.
  6. Condiciones suspensivas levantadas. Aprobación de la hipoteca, certificados pendientes, cualquier cláusula condicional del contrato de arras. El notario debería confirmar antes de leer.
  7. Protocolo de entrega. ¿Llaves al firmar? ¿Cuándo se traspasan suministros? ¿Cuándo desocupa el vendedor? La cláusula libre de cargas y ocupantes debe figurar.

Lo que pasa cuando sales de la notaría

Eres propietario desde el momento de la firma, aunque la inscripción registral tarde semanas en consolidarse. Concretamente:

  • El mismo día: El notario envía la copia electrónica al Registro de la Propiedad. La gestoría (o tú directamente) deposita el ITP/AJD en Hacienda autonómica.
  • 30 días: Plazo legal para liquidar ITP/AJD y plusvalía municipal en la mayoría de comunidades. Sanción por retraso: 5% el primer mes, escalando.
  • 15 días – 2 meses: Inscripción definitiva en el Registro de la Propiedad. Recibirás la nota simple actualizada con tu nombre como titular.
  • 5 años: Plazo para que Hacienda revise el ITP/AJD pagado (comprobación de valores). Si la valoración fiscal supera la escriturada, te pueden reclamar la diferencia.

Meter el cierre en el control de gastos

La mayoría de compradores anota el precio y la entrada. Olvida que el día de la firma se generan entre 5 y 10 pagos paralelos: notaría, gestoría, banco, Hacienda autonómica, Ayuntamiento (plusvalía), Registro, comisión de apertura del préstamo, tasación final. Cuando se asienta el polvo, el coste real de cierre en España ronda el 10-12% del precio según comunidad y tipo de operación. Cada partida llega con su propio plazo y su propio sobre.

Es la brecha que llena un registro compartido como CasaTab: cada presupuesto, cada factura, cada impuesto pagado, contra el plan de coste de la vivienda que firmaste. La misma cuenta puede compartirse entre la pareja o quien aporte fondos. Cuando entras a la notaría, lo único que queda por confirmar es lo que el notario te diga en la sala.

La conclusión honesta

La firma de la escritura intimida porque es formal, irreversible y, para muchos, la primera vez. También es repetitiva: cada notario hace decenas al mes y la estructura es la misma. El comprador que lee el borrador antes, lleva la lista de siete puntos arriba y entra sabiendo qué está pagado y qué falta por pagar lo trata como la ceremonia procedimental que es. El que ve la escritura por primera vez en la sala firma cosas que no entiende y descubre la cláusula que faltaba seis semanas más tarde, cuando el banco se niega a soltar la última pieza del préstamo.

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